Empleados de Comercio

Empleados de Comercio – Modificación en la liquidación: Sueldo Abril aumento

Según rumores el acuerdo de abril de 2008  los ítems No Remunerativos en los recibos de los trabajadores del convenio empleados de comercio a partir del sueldo de abril del 2009 no pasarían a ser Remunerativos, los afiliados al sindicato deberán recibir sus haberes  liquidados de  la misma manera que el sueldo de marzo y además recibirán  una suma No Remunerativa de $300.-

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Aumentos salarial Empleados de Comercio-Medidas de fuerza

El día viernes 24 de abril de 2009 en el Ministerio de Trabajo se reunieron los dirigentes del sindicato representantes de los trabajadores de Empleados de Comercio con el sector empresario, en la cual no se registro ningún avances en las negociaciones, pero se espera que en esta semana haya nuevas novedades en las paritarias.

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Planilla Excel, empleados de comercio, pueden liquidar su sueldo del mes de diciembre

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó desde el mes de abril del 2008 el 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:

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Día del empleado de Comercio

Recordamos que según el articulo Nº 76 del Convenio Colectivo de Trabajo de los Empleados de Comercio Nº 130/75, derogado por la Ley Nº 21.329, articulo 2º Restablecimiento del Día del Empleado de Comercio:    El 25/9/1985 el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aprobó el acuerdo s/expediente 778377/85 suscripto el 19/9/1985 por la Unión de Entidades Comerciales Argentinas, Coordinadora de Actividades Mercantiles Empresarias, Cámara Argentina de Comercio y la Confederación General de Empleados de Comercio, en virtud del cual se convino en reimplantar el día 26 de septiembre de cada año como el «Día del Empleado de Comercio», trabajando normalmente y destacándose que, a los efectos de la percepción de haberes, dicho día será abonado con doble remuneración, siempre que

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Planilla Excel liquidación empleados de comercio, por propio sueldo a partir de septiembre

Si perteneces al convenio Nº 130/75 de empleados de comercio en el mes de septiembre se produce una modificación en tu sueldo la planilla Excel adjunta te ayudara a liquidar tu propio recibo de sueldos y jornales, bájala a tu computadora y realízala.    Baja la planilla Excel recibo-de-sueldo-osecac-septiembrewwweconoblogcomar.xls

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INACAP contribución obligatoria para todos los empleados de comercio, Resolución

La contribución INACAP es obligatoria para todos los empleadores con personal comprendido en el convenio de empleados de comercio CTT Nº 130/75 figura en el convenio en su Capitulo XVIII articulo Nº 102. Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico Para Empleados de Comercio Art. 102º.- «Créase el Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico para Empleados de Comercio (INCAPTEC), que tendrá a su cargo la orientación y capacitación profesional de los empleados de comercio. Dicho organismo se financiará con un  aporte a cargo de los empleadores de $a ….

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Paso a paso inscripción de un nuevo empleado a OSECAC

Cuando debemos dar de alta un nuevo empleado: Inscribirnos en la AFIP con Formulario 460 como empleadores Entregarnos fotocopia de su DNI, tener un CUIL o bien se puede tramitar vía Internet desde la pagina del  ANSeS, www.anses.gov.ar . Contratar una compañía de Seguro ART, Resolución SRT 320, Contrato con la ART, o Solicitud de adhesión. Debe ser la misma para todo su personal. Entregar a la compañía Formulario 460 listado de empleados con sus respectivos números de CUIL, remuneración, a su vez la compañía entregará una póliza. Determinará un monto fijo y un % variable a aplicar sobre la masa salarial del contrato, esto deberá cargarse cuando se confeccione el SUSS, Formulario 931, de liquidación de aportes y cargas

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