INACAP contribución obligatoria para todos los empleados de comercio, Resolución
La contribución INACAP es obligatoria para todos los empleadores con personal comprendido en el convenio de empleados de comercio CTT Nº 130/75 figura en el convenio en su Capitulo XVIII articulo Nº 102. Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico Para Empleados de Comercio Art. 102º.- «Créase el Instituto Nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico para Empleados de Comercio (INCAPTEC), que tendrá a su cargo la orientación y capacitación profesional de los empleados de comercio. Dicho organismo se financiará con un aporte a cargo de los empleadores de $a ….
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