Servicio Doméstico

Últimas noticias para empleados del servicio doméstico y empleadores con escala salariales vigentes.

Servicio domestico: Instrucciones para completar Formulario 102 de aportes y contribuciones

Para realizar los aportes y contribuciones para los trabajadores del servicio domestico es necesario completar el Formulario Nº  102 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP. Este Formulario sirve además como recibo de sueldo, constancia de que el empleador realizo los aportes correspondientes y pagar los intereses por pagos realizados fuera de la fecha de vencimiento de las obligaciones.

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Servicio Doméstico: Libreta de Trabajo

Es recomendable que las personas que trabajen en el Régimen del Servicio Doméstico posean las libretas sanitarias y la de trabajo. La libreta de trabajo debe estar debidamente firmada por cada empleador ya que la misma sirve como prueba de la prestación de los servicios, la remuneración pactada, fechas de ingreso y egreso de cada relación laboral. La libreta de trabajo para le personal el servicio doméstico en la provincia de Buenos Aires según la Resolución 38/2005.-

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Servicios domésticos: Cobertura medica – Obra social

Los trabajadores del servicio domestico que realicen tareas como mínimo 6 horas a la semana tienen derecho a obtener el Régimen especial con cobertura médica y optar por alguna de las obras sociales que figuran en la nómina para trabajadores del servicio domestico en la página Web de ssalud.gov.ar. Tener en cuenta que para poder afiliarse el aporte mínimo es de $46.75 para el trabajador titular y $39.- para cada familiar directo que desee tener el beneficio.

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Planilla Excel: Recibo de sueldo para el Servicio Doméstico

Si bien es cierto que el Formulario de la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, Nº 102 basta para ser utilizado en algunos sectores de  la República Argentina o simplemente por que pretende ser mas detallista. Publicamos una planilla Excel la cual se puede bajar a la computadora y utilizar como Recibo de Sueldo para el personal del Servicio Doméstico  con solamente detallar los datos correspondientes en los lugares indicados.

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Servicio Doméstico: Sueldos y Licencias pagas

El decreto que regula al servicio doméstico es el 326 de muchos años atrás ya que es del año 1956, son domésticas las personas que trabajan 4 o más días por semana, 4 o más horas cada vez, para un mismo empleador y en una sola casa de familia. Los sueldos son actualizados por el Consejo del salario generalmente cuando hay modificaciones en el Salario Mínimo Vital y Móvil, el consejo se reúnen y modifica los sueldos, por ahora están vigentes los del mes de noviembre del año 2008.

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Servicio doméstico: ¿Cómo obtengo la Libreta de trabajo?

Como sabemos el Decreto Ley 326 del año 1956 impone que los trabajadores del servicio doméstico el deber de proveerse de libreta de trabajo. Debido a que el Servicio Doméstico registra un alto grado de empleo “no registrado” es que se creo un marco reglamentario en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires que tenga en cuenta la realidad actual de los empleados del servicio doméstico, y que potencie al máximo las cualidades de la Libreta de Trabajo.

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Régimen del Servicio Doméstico – Formularios

El régimen del Servicio Doméstico comprende a los trabajadores que realizan actividades de mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos, institutrices, nurses o gobernantas; siempre y cuando trabajen, para un mismo dador de trabajo, como mínimo 6 horas semanales. No pueden ser familiares del dueño de la casa y no realizar trabajos por los cuales su empleador saque provecho económico, ser mayores de catorce años y una duración laboral superior a treinta días.

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Servicio doméstico Bajar Decreto Ley 326/56

Los trabajadores del servicio doméstico se reglamentan según el Decreto 326, publicado en el Boletín oficial el 20 de enero de 1956. El mismo rige para el todo el territorio de la Nación Argentina. Es igual para los trabajadores de ambos sexos que realicen tareas domesticas que el empleador no obtenga ningún beneficio económico. Siempre y cuando esta tareas sea superior a un mes de antigüedad, y deben trabajar cuatro horas diarias como mínimo cuatro días a la semana.

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Servicio Doméstico Régimen de Seguridad Social, Aportes

La Ley Nº  25.239 promulgada el día 30 de diciembre de 1999 referente a la Reforma Tributaria, en su Título XVIII, articulo 21, aprueba el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico. La misma es de carácter obligatorio, para los empleados que presten servicios dentro de la vida doméstica, sin perjuicio de  la vigencia del Estatuto del Personal de Servicio Doméstico del Decreto Ley Nº 326 del año 1956.-

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