Servicio Doméstico

Últimas noticias para empleados del servicio doméstico y empleadores con escala salariales vigentes.

Servicio doméstico: ¿Cómo obtengo la Libreta de trabajo?

Como sabemos el Decreto Ley 326 del año 1956 impone que los trabajadores del servicio doméstico el deber de proveerse de libreta de trabajo. Debido a que el Servicio Doméstico registra un alto grado de empleo “no registrado” es que se creo un marco reglamentario en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires que tenga en cuenta la realidad actual de los empleados del servicio doméstico, y que potencie al máximo las cualidades de la Libreta de Trabajo.

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Régimen del Servicio Doméstico – Formularios

El régimen del Servicio Doméstico comprende a los trabajadores que realizan actividades de mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos, institutrices, nurses o gobernantas; siempre y cuando trabajen, para un mismo dador de trabajo, como mínimo 6 horas semanales. No pueden ser familiares del dueño de la casa y no realizar trabajos por los cuales su empleador saque provecho económico, ser mayores de catorce años y una duración laboral superior a treinta días.

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Servicio doméstico Bajar Decreto Ley 326/56

Los trabajadores del servicio doméstico se reglamentan según el Decreto 326, publicado en el Boletín oficial el 20 de enero de 1956. El mismo rige para el todo el territorio de la Nación Argentina. Es igual para los trabajadores de ambos sexos que realicen tareas domesticas que el empleador no obtenga ningún beneficio económico. Siempre y cuando esta tareas sea superior a un mes de antigüedad, y deben trabajar cuatro horas diarias como mínimo cuatro días a la semana.

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Servicio Doméstico Régimen de Seguridad Social, Aportes

La Ley Nº  25.239 promulgada el día 30 de diciembre de 1999 referente a la Reforma Tributaria, en su Título XVIII, articulo 21, aprueba el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico. La misma es de carácter obligatorio, para los empleados que presten servicios dentro de la vida doméstica, sin perjuicio de  la vigencia del Estatuto del Personal de Servicio Doméstico del Decreto Ley Nº 326 del año 1956.-

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Servicio Doméstico: Pagar Licencia por Maternidad

El Ministerio de Trabajo tiene listo un proyecto de ley para cambiar el régimen laboral del personal doméstico, el mismo, prevé que tengan derecho a la licencia por maternidad,  beneficio que es pagado por la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSeS, a todas las trabajadoras, ampliar los días de vacaciones y al pago de una indemnización adicional por despido durante el período del embarazo o por matrimonio. Impulsan igualar los beneficios de las mujeres. 

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¿Como hago los aportes al Servicio Doméstico? Formulario

Los dadores de trabajos del Servicio Doméstico luego de abonar los sueldos correspondientes a sus trabajadores debe,  obligatoriamente del 1 al 10 de cada mes depositar los aportes y contribuciones a la seguridad social. Esto se debe realizar con el Formulario Nº 102 (volante de pago – nuevo modelo),  que provee la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  sueldos al personal del servicio domestico deben abonarse del 1 al 10 de cada mes en los centros autorizados por el organismo y un su parte inferior cuenta además con el recibo de cobro, el cual debe estar firmado por ambas partes.

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Paso a Paso: Inscripción del Servicio domestico

Debido a las consultas recibidas referidas a ¿Cómo realizo la inscripción  del Servicio Doméstico? informo que la registración del trabajador dependiente del Servicio Doméstico es prácticamente automática. Para ello, solo se necesita que el trabajador tenga CUIL. No es necesario que el Dador de Trabajo se encuentre inscripto como empleador en la AFIP pero si es necesario que tenga CUIT o CUIL. Además es importante que se decida que persona integrante de la familia será el Dador de Trabajo ya que se puede descontar el sueldo y las contribuciones pagadas hasta un tope establecido por el fisco por año en el Impuesto a las Ganancias.

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Impuesto a las Ganancias Deducción de Servicios Domésticos

Desde el año 2005 la Administración Federal de ingresos Públicos, AFIP, permite que se pueda deducir del Impuesto a las Ganancias las sumas abonadas a los trabajadores de Servicio Domésticos en concepto de sueldos y contribuciones patronales. La deducción se podrá realizar de la ganancia bruta gravada de fuente argentina del año fiscal que fueron pagadas. Montos permitidos para la deducción: Periodo fiscal 2005 $ 4.020.- Periodo fiscal 2006   $ 6.000.- Periodo fiscal 2007 $7.500.- Periodo fiscal 2007 $ 9.000.- Para poder realizar dicha deducción el contribuyentes deberá tener y conservar las siguiente documentación:

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